Revés judicial para Bariloche: ordenan reincorporar en cinco días a una empleada municipal tras ser sobreseída

La Cámara Segunda del Trabajo falló a favor de una trabajadora que había sido trasladada preventivamente al área de Mayordomía mientras duraba un sumario por presuntas irregularidades en el Vertedero. Pese a quedar libre de cargos y contar con una resolución oficial para recuperar su puesto, el Ejecutivo local retuvo el expediente durante meses sin ejecutarlo.

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche sufrió un duro revés en el ámbito de la justicia laboral debido a dilaciones de tipo administrativo. La Cámara Segunda del Trabajo de la ciudad andina hizo lugar a una medida cautelar urgente y le otorgó un plazo perentorio de cinco días hábiles a la comuna para que reincorpore a una empleada a su cargo técnico original. El tribunal consideró inadmisible que el Ejecutivo municipal mantuviera congelado el regreso de la agente a sus funciones habituales, a pesar de que el propio Tribunal de Calificación y Disciplina local la había sobreseído de forma definitiva en un sumario interno.

La controversia legal y laboral se remonta al momento en que la administración dispuso, bajo la figura de una medida cautelar interna y preventiva, el traslado transitorio de la trabajadora desde su puesto en el sector de Control de Balanza del Vertedero Municipal hacia el Departamento de Mayordomía. El movimiento de personal buscaba garantizar la transparencia mientras se investigaban presuntas irregularidades en el área de disposición de residuos. Una vez concluidas las actuaciones y dictado el sobreseimiento de todos los cargos, el propio municipio emitió una resolución oficial que dejaba sin efecto el traslado provisorio y ordenaba su inmediato retorno al Vertedero, orden que, sin embargo, nunca llegó a concretarse en los hechos.

Frente a la inacción del gobierno local y tras agotar las instancias de reclamo formal en mesa de entradas sin obtener respuestas, la trabajadora recurrió al patrocinio letrado y judicializó el conflicto. Al defenderse ante los magistrados, el equipo legal del Municipio alegó que la asignación, distribución y rotación de funciones forman parte de las facultades discrecionales de organización interna del Estado local. Asimismo, el Ejecutivo argumentó que el sobreseimiento dictado por el tribunal disciplinario no configuraba un derecho adquirido para permanecer en un área específica y recalcó que la empleada no había sufrido ningún tipo de perjuicio económico ni quita salarial durante su estadía en Mayordomía.

No obstante, los jueces de la Cámara del Trabajo descartaron de plano los argumentos oficiales, señalando que la discusión no pasaba por evaluar las potestades de reestructuración de la comuna, sino por el estricto cumplimiento de la ley. El fallo subrayó que existía una resolución firme y vigente dictada por los propios órganos municipales que ordenaba la restitución de la agente y que el Municipio no presentó ningún acto administrativo posterior que la revocara o modificara. Los magistrados concluyeron que el Estado no puede actuar en contra de sus propios actos firmes ni someter a sus dependientes a un destierro laboral injustificado, forzando la inmediata restitución en el puesto de balanza.

Similar Posts